En medio del cambio de Gobierno, la implementación de la denominada “Ley Uber” —que regula a las Empresas de Aplicaciones de Transporte (EAT)— vuelve a instalarse en el centro del debate político y técnico, tras los reparos manifestados por el próximo ministro de Transportes, Louis De Grange.
La normativa, oficialmente Ley N° 21.553, fue promulgada en abril de 2023, pero a casi tres años su entrada en vigencia continúa pendiente, a la espera de la publicación de su reglamento en el Diario Oficial. Según consigna la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN), comenzará a regir 30 días después de dicha publicación.
En conversación con Tele13 Radio, De Grange —quien asumirá la cartera tras el 11 de marzo— sostuvo que un estudio realizado por la Oficina del Presidente Electo concluyó que el reglamento tendría efectos “demoledores” sobre la oferta y los pasajeros. “En el límite te puede dejar sin servicio al 85 o cerca del 90% de los pasajeros y afectar también en temas de empleo a un porcentaje similar de los conductores”, afirmó.
El futuro secretario de Estado aseguró que, con el reglamento en su forma actual, las tarifas aumentarían significativamente, se reduciría la disponibilidad de vehículos y crecerían los tiempos de espera. Incluso advirtió un eventual impacto en el empleo, señalando que el trabajo en aplicaciones representa cerca de un punto porcentual del total de ocupación y que su reducción podría incidir en la tasa de desempleo.
De Grange también solicitó al actual ministro de Transportes, Juan Carlos Muñoz, no avanzar en la publicación del reglamento, argumentando que requiere ajustes sustantivos tanto en la ley, como en el Decreto 212 y en el propio reglamento.
¿Qué establece la Ley Uber?
La legislación regula el funcionamiento de plataformas como Uber, Cabify, DiDi e InDrive, además de servicios de reparto.
Entre sus principales disposiciones, crea un registro electrónico a cargo de la Subsecretaría de Transportes, donde las empresas deberán inscribir a sus conductores y vehículos por región. Los vehículos solo podrán estar registrados en una región determinada y deberán cumplir exigencias técnicas, como una antigüedad máxima de 10 años, cilindrada mínima de 1,4 litros y revisión técnica cada seis meses.
Asimismo, las plataformas deberán entregar información clara al usuario sobre las características del servicio, permitiendo comparar opciones de manera informada, y operar exclusivamente con conductores inscritos.
Uno de los puntos más controvertidos es la exigencia de que, 12 meses después de la entrada en vigencia de la ley, los conductores cuenten con licencia profesional para transporte de pasajeros. Este requisito ha sido cuestionado por su impacto en quienes ejercen la actividad de manera parcial, debido al costo y a los trámites asociados, lo que podría reducir la oferta disponible.
Impacto en conductores y plataforma
Según un estudio del Centro UC de Encuestas y Estudios Longitudinales —con datos de Uber y el Instituto Nacional de Estadísticas (INE)— en octubre de 2025 existían 134.400 conductores activos en la aplicación, un 17% más que el año anterior.
Sin embargo, el mismo análisis advierte que, bajo los nuevos requisitos de la ley, hasta un 81,5% de esos conductores podría quedar fuera del sistema, generando efectos en empleo, precios y tiempos de espera.
Otro factor que ha retrasado la implementación es la plataforma digital de registro de EAT. Tras dos licitaciones desiertas y un proceso fallido, el Ministerio de Transportes adjudicó en febrero el desarrollo del sistema a la empresa Arkhotech SpA. Pese a que desde la actual administración se había señalado que la normativa entraría en vigor bajo este mandato, todo indica que su publicación quedaría finalmente en manos del próximo Gobierno.
De esta forma, la “Ley Uber” enfrenta un escenario incierto, marcado por diferencias técnicas y políticas que podrían redefinir su alcance antes de su aplicación definitiva.


































